DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD. Ayuda para Gastos de Guardería.

Esta claro que el mes de Enero nos ha traído un montón de novedades, pero además este año ha surgido la información sobre una nueva ayuda para gastos de guarderías para madres trabajadoras.

Aunque esta ayuda existe desde el año pasado, ha surgido ahora ya que las guarderías deben comunicar los datos durante el mes de Enero y por eso han surgido las dudas. La Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2018 aprobó esta mejora de la deducción por maternidad con efectos desde el 1 de enero de 2018. De ahí que las madres trabajadoras se la puedan deducir en la campaña de Renta 2018 que se inicia en el mes de Abril.

El nuevo cheque guardería, como se le conoce comúnmente, en el IRPF permite a las madres trabajadoras deducirse hasta 1.000 euros anuales (unos 83,33€/mes) en su declaración de la renta por gastos de escolarización de niños de hasta 3 años de edad.

Los requisitos para poder acceder a esta deducción son los mismos que para poder obtener la deducción por maternidad:

  • Mujeres con hijos menores de 3 años con derecho al mínimo familiar por descendientes.
  • Que realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Que estén dadas de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o mutualidad alternativa.
  • Haber tenido gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Dichos centros autorizados pueden ser públicos o privados, pero en el caso de los públicos sólo podrán deducirse las cuotas realmente satisfechas.

Para controlar esta deducción, las guarderías o centros de educación infantil autorizados deberán presentar en Hacienda el Modelo 233. Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados con los datos del menor y sus padres, lo meses que haya estado en la guardería y los gastos que se hayan pagado descontado las subvenciones ( por ejemplo la ayuda de 100€ que da la Comunidad de Madrid).

Se pueden deducir los gastos de matrícula, cuota en horario general, cuotas de horario ampliado como pueda ser el aula matinal y lo que se abone por comedor.

Se puede solicitar la deducción hasta el mes anterior en que el niño entre al pase a 2º ciclo de Infantil. Se podrá incluir hasta el mes de Julio del año en que el niño cumpla 3 años.

No se van a abonar por adelantado estas cantidades por parte de la AEAT como pueda pasar con los 100€ mensuales de la deducción por maternidad, sino que es una deducción que hay que hacerse en la declaración de la renta.

Es una ayuda solo para madres trabajadoras, no la pueden solicitar los padres, excepto en caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre o, en su caso, a un tutor, siempre que cumpla los requisitos previstos en este artículo, éste tendrá derecho a la deducción.

Tener reducción de jornada no influye negativamente en la obtención de la ayuda, pero si en un mismo año la madre está meses trabajando y meses en situación de desempleo, sólo se pueden deducir los gastos correspondientes a los meses en que se ha estado trabajando.

En el caso de realizar el pago de la guardería por medio de Retribución flexible, no se podría hacer la deducción ya que supuestamente ya estaría hecha, al estar incluido como retribución en especie. Lo único es que habría que comprobar el pago que efectivamente realizas al centro. Porque a veces se da la circunstancia de que la empresa no paga el 100%. Entonces, surge la posibilidad de deducción del resto que sí abones la madre efectivamente.

¡Para cualquier duda, llámanos y te informamos!

¡FELIZ SEMANA!

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