Hace unos días os detallábamos las oligaciones que tenían las AMPAS antes el Impuesto de Sociedades, ahora queremos hablaros sobre más fiscalidad en las AMPAS.
Os detallamos los pasos a seguir, en cuanto a fiscalidad, al dar de alta una AMPA:
1.) Darse de alta en el censo de la Agencia Tributaria, para así obtener un CIF, que será como el DNI de nuestra AMPA.
2.) Declarase exentas de realizar el impuesto de asociaciones en tanto no realicen actividad económica y no cumpla los requisitos que hablamos anteriormente.
3.) Deben realizar anualmente, la declaración de operaciones con terceros, modelo 347, si se recibieran ingresos o se adquirieran servicios por parte de una persona física o jurídica por importe anual superior a 3.005,06 euros.
4.) Si se pagara un alquiler mensual por la sede, se deberá realizar la retención del IRPF y abonar el IVA correspondiente, teniendo que presentar trimestralmente el modelo correspondiente y anualmente se deberá de presentar su resúmen anual.
Estos son las 4 obligaciones que tienen las AMPAS, cuando se constituyen, habrá que tenerlo en cuenta para evitarnos disgusto con la Administración.
Y como siempre, ante la duda, y si quieres quitarte de jaleos, siempre puedes contar con nosotros. Te lo gestionaremos a buen precio.