COMO SABER SI UN GASTO ES DEDUCIBLE Y POR CUANTO

COMO SABER SI UN GASTO ES DEDUCIBLE Y POR CUANTO:

Siempre nos entra la duda de: ¿puedo deducir las facturas de gasolina, las reparaciones de mi vehículo, la compra del coche?
En este pequeño informe damos respuesta a estas cuestiones.
La gasolina, el seguro y las facturas del taller pertenecen al bloque de gastos corrientes, es un gasto el cual su vida útil es muy corta, es decir “compramos el bien y se consume”
Para que este gasto corriente sea deducible tiene que cumplir unos requisitos:
Tienes que estar relacionado con la actividad de la empresa.
Tiene que tener una factura que lo acredite
Tiene que estar correctamente incluido en la contabilidad.

A partir de estos requisitos tenemos que tener en cuenta que hacienda es muy categórica con estos gastos, o se dedican a nuestra empresa o se dedican a nuestra vida privada, para ellos no sirven las media tintas. El problema es que hay gastos que se utilizan para todo, la gasolina, el teléfono, internet.
Lo que la ley nos dice, es a veces complicado encajarlo con la realidad. Con todo lo cual lo único que nos queda es tirar del sentido común y de aplicar cierta proporcionalidad.
Tenemos que tener en cuenta que si mis ingresos son de 10.000 euros al mes, no tiene sentido que tenga 5.000 euros en teléfono. O si mis ingresos son todos en un mismo municipio, no es lógico que mis facturas de gasolina supongan el 50 % total de mis gastos,
Y dado como está Hacienda, es muy recomendable que se documente todos estos gastos para poder justificar su deducibilidad.
¿Cómo podemos hacerlo?
Deberíamos de llevar un dietario o un control de tus desplazamientos (a dónde vas, qué gestión realizas, que gastos extras has tenido por el desplazamiento, etc).

Ahora vamos a tratar estos gastos como gastos de inversión.
La regla general dice que, podremos deducirlo en la proporción que este bien de inversión este afecto a nuestra actividad.
Por ejemplo: Si nuestro coche es un turismo, hacienda entenderá que el 50% esta afecto a la actividad y el otro 50% a la vida privada, dejando deducirte sólo y exclusivamente el 50 % del IVA de la compra del vehículo.
En el caso de querer deducir el 100% del vehículo turismo, porque realmente lo dedicas única y exclusivamente a tu actividad, tendrás que armarte de pruebas para poder demostrar, en caso de inspección, que ese vehículo lo utilizas sólo y exclusivamente para tu actividad.

¿Qué pruebas podemos guardar?

Demuestra que te es necesario por tú trabajo, que debes desplazarte para ver a tú clientes/proveedores, eres informático y necesitas desplazarte a solucionar los problemas de tus clientes, etc.
Que tengas otro vehículo a tú nombre o al de tu pareja para uso particular.
El alquiler de una plaza de garaje al lado de la oficina y en general todo lo que se nos ocurra para demostrar que el coche sólo lo tocamos para trabajar.

Otra cuestión importante a tener en cuenta es, si deducimos el 50% del vehículo, tenemos que tener en cuenta que todos los gastos relacionados con dicho vehículo (reparaciones, gasolina, seguro, ITV, ….) deberán ir también al 50%.