NUEVA NORMA SOBRE CLÁUSULAS SUELO

NUEVA NORMA SOBRE CLÁUSULAS SUELO

Esta norma establece cómo actuar en el IRPF cuando el banco devuelva intereses por la anulación de la cláusula suelo.

Recientemente se ha aprobado una norma que regula la devolución de los intereses de los préstamos hipotecarios con cláusulas suelo y aclara algunas dudas de cómo tributar por ello.

Tendremos que diferenciar entre el uso particular y el uso para una actividad o alquiler:

A continuación os lo detallamos:

USO PARTICULAR:

Lo que debemos tener claro es que NO ES UN INGRESO.

Si ha utilizado el inmueble para uso particular como vivienda habitual o segunda vivienda, NO deberá declarar en su IRPF las cantidades que recupere.

No sólo afecta a los intereses devueltos sino también a los intereses de demora adicionales que el banco deba satisfacer sobre la cantidad a devolver.

Hasta este momento hacienda opinaba que estos intereses de demora debían de tributar.

Si destinó el préstamo a adquirir su vivienda habitual y disfrutó de alguna deducción, es posible que deba devolver una parte.

Esta regularización debe efectuarse en el IRPF del año en que acuerde con el banco la devolución de los intereses, o en el año en el cual se marque sentencia.

  • Deberá regularizar las deducciones de ejercicios no prescritos.
  • En el caso de acordar con el banco que los intereses a devolver se destinen directamente a reducir la cuota del préstamo hipotecario, en lugar de cobrar el dinero en efectivo, no deberá regularizar las deducciones de años anteriores.

USO PARA UNA ACTIVIDAD O ALQUILER:

En este caso si su inmueble esta destinado a una actividad o alquiler y se dedujo los intereses como gasto, cuando los recuperere, SI deberá declarar el INGRESO.

Para ello deberá presentar complementarias de los ejercicios no prescritos y declarar un menor gasto.

En este caso hacienda no le girará ni recargos ni intereses de demora.

Deberá presentar complementarias entre la fecha del acuerdo de devolución de los intereses o sentencia, y el fin del siguiente plazo de presentación del IRPF.