Bases Cotización Autónomos y Jubilación

Esta semana seguimos con los Autónomos, pero nos centramos en las Bases de Cotización de cara a la Jubilación. Ya que la mayoría de los Autónomos, cuando se dan de alta no tienen en cuenta los problemas que se pueden encontrar a la hora de la jubilación por las bases. Si se ha cotizado por bases mínimas durante toda la carrera, la pensión de jubilación será muy baja, en comparación con la de un asalariado, cuyas aportaciones han sido mayores a lo largo de los años.

Por eso, se suele recomendar a los Autónomos aumentar su Base de Cotización según se van acercando a la edad e Jubilación, pero en estos casos hay que tener en cuenta varios factores:

  1. Que a partir de los 47-48 años, la Seguridad Social empieza a limitar las Bases de Cotización de los Autónomos, por lo que si no se ha cambiado antes no se podría optar  a la base máxima de cotización de 4.070€, por ejemplo.
  2. Sin embargo, también se pueden dar casos de un exceso de cotización. Un autónomo que, durante años, haya cotizado por bases máximas, puede que al final este topado por el importe de la pensión máxima y haya estado tirando el dinero ya que aunque cotice por más, su pensión no subirá.

La prestación por jubilación se calcula en base a los últimos años cotizados. La cifra actualmente esta en 22 e ira aumentando hasta los 25 años en 2025.

Los limites para las bases que ha marcado la Seguidad Social para el 2019 son las siguientes:

Trabajadores que a 1 de enero de 2019 tengan 47 años.

  • Con base de cotización igual o superior a 2.052 euros a diciembre 2018, o que causen alta en este régimen con posterioridad a la citada fecha la base de cotización estará comprendida entre 944,40 euros y 4.070,10 euros. 
  • Con base de cotización inferior a 2.052 euros salvo que opten por una superior antes del 30 de junio de 2019, elegirán entre una base mínima de 944,40 euros y una base máxima de 2.077,80 euros. 

Trabajadores que a 1 de enero de 2019 tengan 48 años o más .

La base de cotización mínima está comprendida entre 1.018 y 2.077 euros, salvo excepciones

Trabajadores que antes de los 50 años hubieran cotizado 5 ó más años en cualquier régimen de S.S.

  • Si la última base de cotización es igual o inferior 2.052 euros, el autónomo podrá elegir una base comprendida entre 944,35 y 2.077 euros mensuales.
  • Si la última base de cotización es superior a 2.052 euros, el  autónomo podrá cotizar por una base comprendida entre 944,40 euros mensuales y el importe de la última base de cotización de incrementado en un 7%.

Por esto, en cada caso habría que hacer un estudio detallado de la vida laboral del Autónomo para determinar cual seria la base de cotización adecuada, intentando obtener el máximo ahorro posible en las cotizaciones pero manteniendo el máximo de aumento de la pensión.

Además hay que tener en cuenta, por ejemplo, el ahorro que se podría producir en la Renta, en caso de invertir el posible exceso de cotización, en un plan de pensiones, ahora que se acerca el fin de año.

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¡¡¡Feliz Semana!!!