LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL

Impuestos

En unos días comienza el plazo para la presentación de la liquidación trimestral de todos los impuestos, pero concrétamente las correspondientes al tercer trimestre del 2.016.

Este tercer trimestre engloban tanto las facturas emitidas como recibidas comprendidas entre el 1 de Julio al 30 de septiembre del 2.016.

Es hora de recabar toda la información que nos falte, pidiendo a nuestro proveedores las facturas que nos falten y así poder rellenar nuestra liquidación correctamente, así evitamos tener que hacer ninguna complementaria, que ya sabemos todos lo que esto implica, (sanciones, intereses de demora…) hoy por hoy, a ninguno nos interesa soltar dinerito.

Otra cosa importante a comprobar, antes de calcular nuestro impuesto, es que tengamos nuestras facturas emitidas correctamente, y que no existan saltos entre unas facturas emitidas y otras.

En este punto quiero hacer  incapié, muchos clientes nos llaman preguntando si tiene que declarar una factura emitida que no ha cobrado y por tanto no tiene el dinero del IVA para poder ingresarlo, en este caso la ley es muy clara y nos dice, que con independencia de que una factura se haya cobrado o no, tenemos que ingresar el IVA de dicha factura en la Agencia Tributaria, esa es nuestra obligación. En el caso de que esa factura no se cobrará nunca, existen diferentes métodos para solicitar a la Administración que nos devuelva dicho IVA ingresado. Esto lo trataremos más adelante por si a alguno os interesa.

Una vez tengamos claro que está todo correctamente y tenemos todas nuestras facturas lo siguiente será calcular nuestra liquidación, teniendo en cuenta si tenemos cantidades a compensar, importante para descontárnoslo, y una vez calculada sólo nos queda generar la liquidación y presentarla ante la Agencia tributaria.

Ya sabéis que los tipos de declaraciones que salen pueden ser a compensar, a ingresar o cuota cero.

 

En el caso de a ingresar tendréis que ver las diferentes opciones que nos da la Administración para pagarlo, bien domiciliando la cantidad a pagar, solicitar NRC, incluso aplazarlo, si nos falta dinerito para ello.

Y siempre, siempre que tengáis dudas, ya sabéis donde podéis acudir, estaremos encantados de gestionaros y ayudaros con todos vuestros impuestos, así os evitáis el engorro que supone hacerlo.

Esperamos haberos podido ayudar un poquito más al respecto..