Renovación de certificados FNMT-RCM

El 01/07/16 será aplicable totalmente el Reglamento (UE) 910/2014 con relación a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE.
Para poder adaptarse a estos cambios técnicos, desde el mes de marzo la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda, comenzará a expedir nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios.

Dejarán de emitirse los actuales certificados de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica, y su renovación no podrá realizarse a través de la página web. Aunque se podrán seguir utilizando hasta su caducidad o revocación.
Para obtener los nuevos certificados de representante a partir del mes de marzo, se podrá actuar de la siguiente forma:
– Si se trata de un administrador único o solidario, podrá obtener su certificado de representante sin tener que personarse en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre y cuando se identifique en la página Web CERES, con un certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT–RCM o de los incluidos en el DNI electrónico.
– Si no es administrador único o solidario, o no puede identificarse en la página web como indicábamos anteriormente, deberá personarse en una oficina de registro para obtener un certificado de representante, con la documentación exigible en cada caso.