VENTAJAS FISCALES RENTA 2019

Como el año está próximo a acabar,  es el mejor momento para planificar las ventajas fiscales para la declaración de la Renta de 2.019 que se presentará entre los meses de abril y junio del año que viene.

Para ello, queremos recordarles algunos ejemplos de ventajas fiscales que pueden interesarles:

  • Si realiza aportaciones a su plan de pensiones reducirá la base imponible de su IRPF hasta el límite del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, con un máximo de 8.000 euros. Gracias a minorar dicha base imponible, obtendrá ahorros de hasta el 45% de los importes que invierta. Recuerde que para poder aplicar esta reducción en el ejercicio 2.019 es necesario que realice las aportaciones antes de que finalice el año.
  • Asimismo, si está casado/a, además de la reducción que aplique en su base imponible por las aportaciones efectuadas a su propio plan de pensiones, también puede disfrutar de reducción por las aportaciones que efectúe al plan de su cónyuge, con un máximo de 2.500 euros anuales. Para ello es preciso que su cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas (o que, si los obtiene, éstos sean inferiores a 8.000 euros anuales).
  • Además, si tiene derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual (es decir, si la adquirió antes de 2013), verifique si puede efectuar una amortización anticipada del préstamo que solicitó para financiar la compra de su vivienda. Las sumas que satisfaga durante el año (los pagos mensuales más la amortización anticipada), hasta el límite de 9.040 euros, disfrutan de una deducción en la cuota del IRPF del 15%.
  • En caso de que sus hijos en el ejercicio 2.019 hayan acudido a un colegio privado, podrán deducirse en su declaración el 15% del importe satisfecho por escolaridad en el ejercicio 2.019 (esta deducción será aplicable siempre que las rentas familiares sean inferiores a el resultado de multiplicar por 30.000 euros el número de miembros de la unidad familiar). En caso de que crea que puede aplicar esta deducción, recuerde guardar el certificado que le entregue el colegio donde se detallen las cuotas satisfechas en el ejercicio.
  • Recuerde que si sus hijos se encuentran en edad escolar  también podrá deducir el 5% del importe satisfecho por uniformes y el 10% por el importe satisfecho en la enseñanza de idiomas en extraescolares impartidas por academias o escuelas.  Si este fuera su caso, cuando compre los uniforme recuerde solicitar una factura a su nombre y guardar los justificante de pago,  también recuerde que debe solicitar un certificado que le entregue la academia de idiomas por el importe satisfecho por este concepto. El límite para aplicar esta deducción es el mismo que en el punto anterior.
  • Por último, recuerde que las donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro se podrán deducir en su declaración. El importe de esta deducción será del 75% del importe donado hasta que alcance el importe de 150€, y del 30% en el importe donado que exceda de estos 150€. Recuerde que para aplicar esta deducción es necesario que la entidad sin ánimo de lucro se fundase conforme a la Ley 49/2002, por ello siempre es conveniente solicitar un certificado de donaciones para la declaración de la Renta.

Cualquier duda que os surja al respecto no dudéis en consultar a nuestro equipo de fiscal

FELIZ SEMANA