Exercitation ullamco laboris nis aliquip sed conseqrure dolorn repreh deris ptate velit ecepteur duis.
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Para este 2024, se ha producido una nueva subida del salario mínimo interprofesional (SMI) que ha pasado de 15.120 euros anuales (1.080 euros mensuales por 14 pagas) a 15.876 euros anuales (1.134 euros mensuales por 14 pagas) se han incrementado los límites por debajo de los cuales las empresas no deben practicar retenciones de IRPF sobre los rendimientos del trabajo que satisfagan.
Al mismo tiempo, para calcular la retención sobre las rentas del trabajo, ha aumentado la reducción aplicable para los empleados con unos rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros y que no perciban otras rentas distintas superiores a 6.500 euros (excluidas las exentas).
Se ha modificado la forma de cálculo:
Estos cambios sobre las retenciones del IRPF entraron en vigor el 8 de febrero de 2024 y son aplicables para la primera nómina que se satisfaga a partir de dicha fecha.
No obstante, aquellas empresas que no regularicen las retenciones en la nómina de febrero también pueden hacerlo a partir de la primera nómina que satisfagan a partir del 1 de marzo. Así que es posible que en su nomina de febrero o en esta del mes de marzo, vaya a cobrar algo más.
Eso sí, hay que tener en cuenta que, en general, la retención sólo se verá modificada en el caso de los trabajadores cuyo salario neto sea inferior a 19.747,50 euros. En el resto no tendrá cambios.
¡¡¡Feliz semana!!!
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